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    Elecciones 2024: ¿cuáles son las multas por no votar y cómo evitarlas?

    Ante la proximidad de las elecciones nacionales, la Corte Electoral publicó información relevante sobre los plazos, las causales y la documentación necesaria para justificar la no emisión del voto, así como el valor de las multas correspondientes

    Los ciudadanos que no puedan participar en las elecciones nacionales de 2024 tendrán un plazo de 30 días para presentar sus justificaciones, desde el 29 de octubre hasta el 29 de noviembre. En caso de una segunda vuelta, este plazo se extenderá hasta el 26 de diciembre para ambas elecciones.

    Las justificaciones se deberán realizar a través de un formulario web que estará disponible en el sitio oficial de la Corte Electoral.

    Causales de justificación para no votar

    Las justificaciones aceptadas, siempre que se presenten las pruebas correspondientes, incluyen:

    Enfermedad o incapacidad física: se requiere un certificado médico, que, si es emitido por una institución privada, debe incluir un timbre profesional. También se aceptará un certificado de un establecimiento asistencial o de asilo.

    Estar fuera del país: se deberá presentar documentación que acredite la fecha de salida y entrada al país, como un certificado de la Dirección Nacional de Migración, un pasaporte sellado o pasajes aéreos. El plazo para justificar esta causal es de 30 días desde el regreso a Uruguay. Las personas con residencia en el exterior deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima dentro de los 20 días anteriores y los 20 posteriores a la elección para que se labre un acta que acredite que se encuentran en el exterior. Los cónsules deberán remitir las actas a la Corte Electoral dentro de los 20 días siguientes a su expedición y entregar al interesado una copia autenticada.

    Razones de fuerza mayor: las personas que aleguen esta causal deberán especificar y documentar las razones. Esto incluye situaciones como encontrarse en un departamento diferente al de su lugar de votación.

    Multas por no votar

    Aquellos habilitados para votar que no lo hagan ni justifiquen su ausencia deberán abonar una multa. Los detalles son los siguientes:

    Costo de la multa: una unidad reajustable ($ 1.740,23 al mes de setiembre).

    Costo de la multa para funcionarios públicos o profesionales con títulos de la Universidad de la República: dos unidades reajustables ($ 3,480,46 al mes de setiembre).

    El pago de las multas podrá realizarse a través de la página web de la Corte Electoral.